Economía e Hipotecas

¿Sabes en qué consiste una extinción de condominio entre hermanos?

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¿Sabes en qué consiste una extinción de condominio entre hermanos?

Esta fórmula permite solventar problemas de herencias y ahorrar dinero en impuestos frente a una operación de venta convencional.

¿Tú y tus hermanos habéis recibido en herencia un inmueble de tus padres u otro familiar? ¿Te gustaría hacerte con el 100% de la propiedad antes deponerla a la venta? Tranquilo, tu caso es bastante más común de lo que puedas imaginar. Te enfrentas a un conflicto típico que se da en multitud de familias cuando se incluyen bienes inmuebles con cargas hipotecarias en el testamento y en los que los herederos no quieren mantener la propiedad compartida.

Si tu intención es quedarte con la vivienda, puedes proponer al resto de los herederos realizar una extinción de condominio entre hermanos.

¿Qué es la extinción de condominio?

Se trata de una fórmula que resulta más económica cuando uno de los herederos se queda con la parte o las partes del resto de los beneficiarios de la herencia. Frente a la compraventa, ésta es una opción que nos permite ahorrar dinero y pagar menos impuestos por la transmisión del inmueble.

Aunque desde el punto de vista fiscal, esta fórmula tiene muchas ventajas, también tiene otros inconvenientes. Por eso, cuando firmes la extinción de condominio con tus familiares, debes formalizar una nueva escritura del préstamo hipotecario en la que tú aparezcas como único propietario del inmueble.

Debes tener en cuenta que tras la disolución del condominio los titulares del préstamo pasan a ser deudores de cara a la entidad financiera. Así que para evitar conflictos con tus hermanos y problemas innecesarios, lo más conveniente es que hagas todos los trámites correspondientes en el banco para que te reconozcan como único titular y deudor del préstamo hipotecario.

 

Solicita asesoramiento de un experto

Desde el punto de vista fiscal, la extinción del condominio puede resultar algo compleja, por lo que no está de más consultar y dejarse asesorar previamente por un profesional. Sobre todo, para evitar malos entendidos entre los beneficiarios del testamento.

En principio, y según las últimas resoluciones de la Dirección General de Tributos, cuando una de las partes implicadas en una herencia recibe una compensación económica a cambio de la parte que le corresponde en la vivienda, estará exenta de pagar al Ayuntamiento el Impuesto del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como la plusvalía municipal.

No obstante, el heredero que vende su parte y reciba una compensación a cambio sí debe reflejarlo en su declaración de IRPF, siempre y cuando la extinción del condominio genere una ganancia o una pérdida en su patrimonio.

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