Finanzas

¿Qué se consideran bienes gananciales?

14 NOV. 2023
TIEMPO DE LECTURA:  4  Mins
bienes gananciales

Lo tuyo mío y lo mío tuyo y todo de los dos. Esta podría ser una definición rápida y sencilla de lo que se consideran bienes gananciales, aunque la normativa es un poco más concreta en lo relativo a posesiones y patrimonios. 

De hecho, conviene tener claro qué se consideran bienes gananciales y qué implica en régimen de gananciales antes de casarse e incluso si ya estás casado. Así evitarás errores de bulto si, por desgracia, el amor se acaba.

¿Qué son los bienes gananciales?

Los bienes gananciales son los que pertenecen a ambos cónyuges dentro de un matrimonio en régimen económico de gananciales o sociedad de gananciales.

En otras palabras, el propio concepto está definido por el tipo de régimen económico matrimonial, ya que en los matrimonios en separación de bienes el patrimonio de ambos cónyuges permanece separado antes y después del matrimonio.

El artículo 1344 del Código Civil establece que “mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella”.

Según esta definición, serán bienes gananciales todos los obtenidos durante el matrimonio en gananciales, sin importar quién los haya logrado. A efectos prácticos, esto incluye:

  • Los salarios de ambos cónyuges.
  • Las rentas o intereses de bienes gananciales o privativos de cualquiera de los cónyuges, como el alquiler de una vivienda o el rendimiento de una inversión. Aquí también se incluyen las ganancias del juego. Si te toca la lotería, será de los dos.
  • Los bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges.
  • Las empresas creadas por cualquiera de los cónyuges usando bienes gananciales.

Qué bienes son privativos en el matrimonio

La sociedad de gananciales no es universal. Aunque los dos cónyuges compartan todo, hay bienes que no serán gananciales y tendrán carácter privativo.

Los primeros serán los que perteneciesen a cada cónyuge antes del matrimonio. Todo lo que cada uno aporte a la sociedad será privativo, aunque sus frutos sí serán gananciales. Por ejemplo, el alquiler de la vivienda comprada antes de casarse será ganancial, pero la casa en sí no.

También se consideran bienes privativos los adquiridos dentro del matrimonio a título gratuito. Es decir, las herencias y donaciones. Si heredas dinero o te lo donan, será tuyo y no de la sociedad de gananciales, aunque estuvieses casado.

En esta línea, también será privativo cualquier bien adquirido a costa o en sustitución de bienes privativos. Un ejemplo sería una vivienda comprada con el dinero de una herencia o la vivienda heredada que vendes para comprar otra.

Tampoco son gananciales las indemnizaciones por daños personales a uno de los cónyuges o a sus bienes, los instrumentos necesarios para desarrollar tu trabajo ni los objetivos de uso personal de gran valor.

¿Se puede hacer separación de bienes gananciales?

Con la sociedad de gananciales, la mayoría del dinero y bienes que se compren durante el patrimonio serán de los dos. Este régimen matrimonial es el que se aplica por defecto en la mayoría de las comunidades autónomas.

Salvo que los futuros cónyuges indiquen que prefieren el régimen de separación de bienes o el de participación, se casarán en gananciales.

Sin embargo, también es posible hacer separación de bienes estando casados. Para pasar de gananciales a separación de bienes tendrás que firmar unas nuevas capitulaciones matrimoniales.

Estas capitulaciones sirven para definir el régimen económico del matrimonio y cambiarlo si fuese necesario. Es un trámite que se realiza ante notario, como la firma de la hipoteca.

Para cambiar el régimen matrimonial de gananciales a separación de bienes, antes hay que repartir los bienes adquiridos durante el matrimonio a partes iguales.

Bienes gananciales y privativos: el ejemplo de la casa

¿Cómo funciona todo esto en la práctica? Nada como un par de ejemplos con la casa para terminar de entender la diferencia entre bienes gananciales y privativos antes y durante el matrimonio.

¿Qué pasa con una casa comprada antes de casarse? La vivienda en cuestión será un bien privativo, independientemente del régimen matrimonial. Incluso en gananciales, será privativo porque se adquirió antes del matrimonio.

¿Y si la casa tenía hipoteca y se terminó de pagar durante el matrimonio? En ese caso, la vivienda también será privativa, incluso si se pagó con bienes gananciales. Sin embargo, en caso de divorcio, la otra parte podría pedir el reintegro de la mitad de las cantidades que se pagaron con dinero ganancial.

Además, existe una excepción. Según el artículo 1357 del Código Civil, si la casa se convierte en la vivienda habitual del matrimonio y se paga con bienes gananciales, pasará a ser un bien ganancial.

Una opción en ese caso sería hacer una subrogación en la hipoteca para incluir al segundo cónyuge en el préstamo o firmar una nueva hipoteca en pareja para mejorar las condiciones del préstamo.

En cualquier caso, este es un buen ejemplo de por qué conviene planificar bien el matrimonio más allá de la boda.  

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