En los últimos años hemos escuchado hablar en numerosas ocasiones sobre el futuro de las pensiones de jubilación en nuestro país y algunos expertos recomiendan buscar productos de inversión que puedan servir como complemento de nuestra pensión, una vez llegado el momento de dejar de trabajar. Los más conocidos son los planes de pensiones pero, ¿has escuchado hablar de los seguros de rentas vitalicias? En Hipotecas.com te contamos qué son y cómo funcionan.
¿Qué son los seguros de rentas vitalicias?
Los seguros de rentas vitalicias son una modalidad de seguros de vida-ahorro en los que una entidad garantiza al asegurado una renta periódica hasta su fallecimiento, a cambio de una prima única o varias primas acordadas entre la entidad aseguradora y el tomador.
A diferencia de un plan de pensiones, que los expertos recomiendan contratar una vez que lleguemos a los treinta años, esta modalidad de seguro es una alternativa para aquellas personas que no tuvieron la oportunidad de contratar un plan de pensiones durante la treintena. De hecho, aunque pueden asegurarse todas las personas físicas con edades comprendidas entre los 15 y los 85 años, algunos expertos aseguran que la edad ideal para contratarlos suele ser a partir de los 50 años.
Este tipo de seguros tienen una rentabilidad fija que depende de la esperanza de vida y la periodicidad acordada en el contrato. Normalmente, a la hora de contratar este tipo de producto, el titular deberá aportar una cantidad de dinero elevada para obtener una renta mensual significativa.
¿Qué modalidades de contratación existen?
En la actualidad existen una amplia variedad de seguros de renta vitalicia y sus condiciones dependerán de la entidad con la que lo contratemos, del capital aportado por el titular y de la rentabilidad que este haya generado.
El asegurado puede recibir sus rentas inmediatamente después de contratar la póliza (renta inmediata) o posponerlo hasta pasado un tiempo (renta diferida).
Además, también es posible contratar seguros de renta vitalicia con dos asegurados. En caso de fallecimiento de uno de ellos, el otro podría acumular los dos ingresos. Asimismo, el tomador del seguro puede escoger recibir una mayor renta periódica en detrimento del capital que recibirán los beneficiarios en el momento del fallecimiento, o reducir su renta vitalicia para asegurar un pago mayor a los beneficiarios.
Como norma general, se pueden elegir dos modalidades en relación a los herederos del tomador del seguro.
Capital a fallecimiento: Si elegimos esta modalidad, en el caso del fallecimiento del asegurado, los herederos percibirían una cantidad como un pago único.
Reversión de la renta: Si nos decantamos por esta opción, ante el fallecimiento del tomador del seguro sus herederos del recibirían la misma renta que el asegurado o un porcentaje de la misma.
Otra alternativa, recomendable para quienes no tienen herederos, es consumir mediante rentas todo el capital aportado.
¿Tienen ventajas fiscales?
La reforma fiscal de 2015 añadió ventajas a este tipo de seguros. La Ley 26/2014 estableció que, desde el pasado 1 de enero de 2015, quedarían exentas las ganancias patrimoniales generadas en la transmisión de activos (inmuebles, fondos, acciones, etc.) que obtengan los mayores de 65 años y que lo reinviertan en una renta vitalicia. O sea, que aquellos mayores de esa edad que reciban una herencia, vendan un piso con ganancias o liquiden un fondo de inversión con beneficios no tendrán que pagar nada a Hacienda si destinan ese dinero a un seguro de este tipo.
¿Qué pasa cuando el asegurado fallece?
Hay que tener en cuenta que el asegurado debe señalar directamente a los beneficiarios del seguro, que no tienen por qué coincidir con los herederos del testamento, ya que los seguros de rentas vitalicias funcionan como un legado y, por tanto, no se incorporan al testamento como el resto de bienes y derechos. Si el asegurado no señalara a los beneficiarios del seguro, se pagaría por orden excluyente a: el cónyuge, los descendientes vivos, los ascendentes vivos y los herederos legales.
¿Se puede recuperar la aportación única o aportaciones pactadas?
Los asegurados podrán solicitar rescates aunque, normalmente, las aseguradoras pueden imponer penalizaciones.
Este tipo de seguros permiten convertir nuestra segunda vivienda o un fondo de inversión en una mensualidad hasta el fallecimiento. Sin embargo, como cualquier producto financiero, conviene analizar con detenimiento todas sus características y condiciones para evitar sorpresas desagradables.